sábado, 14 de septiembre de 2013

Actualización del Documento Básico DB HE Ahorro de Energía del CTE

En plena revuelta sobre la futura situación de las energías renovables en la edificación, provocada por el Ministerio de Industria y criticada por el de Fomento, éste último, ha aprobado la actualización del Código Técnico de la Edificación (CTE), en concreto, el Documento Básico DB HE Ahorro de Energía que establece las especificaciones relativas a la aplicación de los requisitos mínimos de eficiencia energética de los edificios, publicado en el BOE a fecha de 12 de septiembre de 2013.

Mediante esta disposición se actualiza el Documento Básico del CTE DB-HE relativo al ahorro energético y se transpone parcialmente al ordenamiento jurídico español, la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, en lo relativo a los requisitos de eficiencia energética de los edificios, establecidos en sus artículos 3, 4, 5, 6 y 7, así como la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2009, en lo relativo a la exigencia de niveles mínimos de energía procedente de fuentes renovables en los edificios, establecida en su artículo 13.

Con esta actualización del Código Técnico de la Edificación se da un paso más hacia el objetivo europeo de conseguir en 2020 edificios nuevos de consumo de energía casi nulo. Además, se define el concepto de "edificio de consumo de energía casi nulo", determinándose el correspondiente nivel de eficiencia energética así como el porcentaje de la energía requerida que deberá estar cubierta por energía procedente de fuentes renovables.
Es difícil entender cómo dos Ministerios del Gobierno cuyos representantes pertenecen a un mismo partido político establecen directrices diferentes con respecto a la eficiencia energética en edificación. Nuestra humilde opinión desde arquitecline es clara, el camino a seguir es el marcado en la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y apoyado por el Ministerio de Fomento.

Fuente texto: www.caloryfrio.com
Fuente imagen: www.caloryfrio.com

lunes, 2 de septiembre de 2013

RECOMENDACIÓN PARA LA ELECCIÓN DE SU TÉCNICO CERTIFICADOR DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

Si usted necesita que le emitan un certificado de eficiencia energética, debe de saber, que la elección del técnico adecuado será fundamental para que su certificado de eficiencia energética se ajuste lo máximo posible a la realidad. Ese técnico, deberá de tener conocimientos profundos sobre envolventes térmicas de edificios (muros de fachada, cubiertas, huecos, etc.) e instalaciones térmicas (de climatización, para agua caliente sanitaria, renovables, etc.). Además de esos conocimientos profundos, deberá disponer también de formación específica en eficiencia y certificación energética. De forma que el asesoramiento que le ofrezca sea el adecuado hasta el fin del proceso. 


¿Por qué debe de elegir a un técnico que esté formado en eficiencia y certificación energética que le garantice que realizará un estudio minucioso de su vivienda?

a.Porque clasificará su vivienda lo más aproximado a la realidad.

b.Porque le aconsejará sobre como reducir el consumo energético realizando elmenor gasto económico e indicando cuando podrá amortizar la inversión.

c.Porque su vivienda se venderá o alquilará acorde a las exigencias del mercadoactuales y no en base a una calificación energética que no es real. Evitandoproblemas de carácter civil por reclamaciones de terceros.

d.Porque en un futuro pagaremos un impuesto en función de la calificaciónenergética que tengamos. Perjudicando económicamente a las letras más bajas(G, F,…).

¿Cómo puede usted saber si el técnico dispone de estos conocimientos y formación específica? 

Actualmente y según la aclaración por parte del Ministerio de Industria sobre las competencias para poder certificar energéticamente los edificios, existen numerosas titulaciones que tienen competencias al respecto. Pero le informamos de que no todas esas titulaciones disponen de los conocimientos anteriormente mencionados. No debemos mezclar competencia con capacidad, son términos totalmente distintos. Una de las titulaciones que disponen de esos conocimientos es la de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación. A lo largo de su formación, han recibido conocimientos extensos sobre envolventes térmicas e instalaciones en edificación. Además, como Directores de Ejecución Material de nuestras edificaciones, conocen las tipologías y materiales con las que han sido construidos nuestros edificios. Pero cuidado, no tienen por qué tener formación específica en eficiencia y certificación energética.

Mi consejo, es muy simple, elija a un técnico competente y capacitado y solicite que acredite formación específica en eficiencia y certificación energética

sábado, 24 de agosto de 2013

Contribuye a acabar con el abuso de las eléctricas

Petición | Gobierno de España: No al injusto gravamen de la electricidad autoproducida y autoconsumida. https://www.change.org/es/peticiones/gobierno-de-espa%C3%B1a-no-al-injusto-gravamen-de-la-electricidad-autoproducida-y-autoconsumida?share_id=RlteraxmRK

lunes, 15 de julio de 2013

El Gobierno aprueba la reforma energética, que equilibra definitivamente el sistema eléctrico

Enlace de la noticia:

http://www.minetur.gob.es/es-es/gabineteprensa/notasprensa/2013/Paginas/npreformaenergetica120713.aspx

Información adicional sobre la certificación energética de edificios

Al igual que en los electrodomésticos, ahora son las viviendas las que deben de etiquetarse energéticamente (desde la A hasta la G). Desde el punto de vista energético, las viviendas calificadas en la letra “A” son mucho mejores que las calificadas en la letra “G”. Hay aproximadamente una diferencia del 70% en el consumo de energía.

El proceso correcto para certificar esas viviendas, es el siguiente:

- Consulta del técnico de la documentación existente que pueda existir para conocer con mayor exactitud la tipología constructiva de la vivienda (proyecto, libro del edificio, especificaciones técnicas, etc.)
- Desplazamiento del técnico para realizar la toma de datos de la vivienda.
- Toma de datos de la vivienda.
- Regreso del técnico al estudio.
- Introducción de los datos obtenidos en la visita en el programa informático elegido por el técnico.
- Impresión y encuadernación del certificado.
- En caso de que el cliente lo solicite, registro del certificado.
- Proporcionar al cliente el certificado firmado y registrado. Dependiendo de cada CCAA también se hará entrega de la etiqueta energética homologada una vez expedida.

Este proceso puede variar entre las 6 y 8 horas de trabajo. De esta forma puede comprobar la repercusión económica del técnico por cada hora de trabajo.

El certificado que ofrece arquitecline incluye:

- Certificado de calificación energética de la vivienda.
- Propuesta de medidas de mejora de la calificación energética de la vivienda. Analizadas desde el punto de vista técnico y económico.
- Análisis económico, opcional bajo petición del cliente. Descripción de los plazos de amortización de la aplicación de las medidas de mejora. (Deberá de proporcionar facturas de las energías primarias que consumen sus instalaciones.)
- Anexo de recomendaciones de mejora con el coste económico aproximado.
- Anexo fotográfico.

Hay dos procedimientos para certificar energéticamente los edificios:

- El procedimiento general: mayor exactitud en la calificación energética. Es mucho más laborioso obtener la calificación. El proceso puede doblar incluso triplicar el tiempo de obtención con respecto al procedimiento simplificado. La aplicación a utilizar es CALENER VYP Y CALENER GT.

- Procedimiento simplificado: menor exactitud en la calificación energética. Al tratarse de un método simplificado es más rápido. Las aplicaciones a utilizar son CE3X y CE3. En estos programas hay tres modalidades de introducción de datos:

1. Por la modalidad de conocidos: siempre que sea posible el técnico debe de elegir esta opción puesto que es la más exacta a la realidad. Es más lenta y más pesada, debido a que el técnico debe de obtener muchos datos referentes a la composición constructiva e instalaciones de la vivienda. No siempre es posible esta opción.

2. Por la modalidad de estimados: cuando faltan algunos datos que no permiten introducir por la modalidad de conocidos. El técnico debe de elegir esta opción, ya que conoce casi al completo la composición constructiva e instalaciones de la vivienda. Esta es la opción más generalizada, debido a que como arquitectos técnicos e ingenieros de edificación que somos, conocemos la legislación que había vigente en el momento de construcción, pudiendo estimar y justificar la tipología constructiva e instalaciones de la vivienda.

3. Por defecto: el propio programa establece un valor, es la opción mas desacertada y solo debe de elegirse cuando en realidad sea imposible obtener los datos suficientes para introducir por la modalidad de estimados. Perjudica seriamente la calificación puesto que le da la peor capacidad de aislamiento y rendimiento energético a los elementos constructivos e instalaciones. Como es de suponer, realizar certificaciones de esta forma reduce considerablemente el tiempo y por lo tanto el precio.

¿Por qué el cliente debe de elegir a un técnico que este formado en edificación, eficiencia y certificación energética que le garantice que realizará un estudio minucioso de su vivienda?

a. Porque clasificará su vivienda lo más aproximado a la realidad.

b. Porque le aconsejará sobre como reducir el consumo energético realizando el menor gasto económico e indicando cuando podrá amortizar la inversión.

c. Porque su vivienda se venderá acorde a las exigencias del mercado actuales y no en base a una calificación energética que no es real. Evitando problemas de carácter civil por reclamaciones de terceros. Una vivienda que se introducen los datos por la modalidad por defecto, obtendrá una peor calificación que por estimados. Esta acción repercutirá en el precio de venta de la vivienda. Quizás por querer ahorrar 100 euros, se pierdan 10.000 euros.

d. Porque en un futuro pagaremos un impuesto en función de la calificación energética que tengamos. Perjudicando económicamente a las letras más bajas (G, F,…). Al igual que pasa con los coches, los más contaminantes pagan más impuestos. El certificado energético tiene una validez de 10 años, suponiendo que la diferencia de impuestos entre la letra G y F, sea de 20 euros anuales, por 10 años son 200 euros perdidos.

Nosotros ofrecemos un estudio minucioso, tal y como exige la normativa. Garantizando la calidad del certificado energético obtenido.