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Presentación servicios arquitecline
sábado, 31 de agosto de 2013
sábado, 24 de agosto de 2013
Contribuye a acabar con el abuso de las eléctricas
Petición | Gobierno de España: No al injusto gravamen de la electricidad autoproducida y autoconsumida.
https://www.change.org/es/peticiones/gobierno-de-espa%C3%B1a-no-al-injusto-gravamen-de-la-electricidad-autoproducida-y-autoconsumida?share_id=RlteraxmRK
lunes, 15 de julio de 2013
Información adicional sobre la certificación energética de edificios
Al igual que en los electrodomésticos, ahora son las viviendas las que deben de etiquetarse energéticamente (desde la A hasta la G). Desde el punto de vista energético, las viviendas calificadas en la letra “A” son mucho mejores que las calificadas en la letra “G”. Hay aproximadamente una diferencia del 70% en el consumo de energía.
El proceso correcto para certificar esas viviendas, es el siguiente:
- Consulta del técnico de la documentación existente que pueda existir para conocer con mayor exactitud la tipología constructiva de la vivienda (proyecto, libro del edificio, especificaciones técnicas, etc.)
- Desplazamiento del técnico para realizar la toma de datos de la vivienda.
- Toma de datos de la vivienda.
- Regreso del técnico al estudio.
- Introducción de los datos obtenidos en la visita en el programa informático elegido por el técnico.
- Impresión y encuadernación del certificado.
- En caso de que el cliente lo solicite, registro del certificado.
- Proporcionar al cliente el certificado firmado y registrado. Dependiendo de cada CCAA también se hará entrega de la etiqueta energética homologada una vez expedida.
Este proceso puede variar entre las 6 y 8 horas de trabajo. De esta forma puede comprobar la repercusión económica del técnico por cada hora de trabajo.
El certificado que ofrece arquitecline incluye:
- Certificado de calificación energética de la vivienda.
- Propuesta de medidas de mejora de la calificación energética de la vivienda. Analizadas desde el punto de vista técnico y económico.
- Análisis económico, opcional bajo petición del cliente. Descripción de los plazos de amortización de la aplicación de las medidas de mejora. (Deberá de proporcionar facturas de las energías primarias que consumen sus instalaciones.)
- Anexo de recomendaciones de mejora con el coste económico aproximado.
- Anexo fotográfico.
Hay dos procedimientos para certificar energéticamente los edificios:
- El procedimiento general: mayor exactitud en la calificación energética. Es mucho más laborioso obtener la calificación. El proceso puede doblar incluso triplicar el tiempo de obtención con respecto al procedimiento simplificado. La aplicación a utilizar es CALENER VYP Y CALENER GT.
- Procedimiento simplificado: menor exactitud en la calificación energética. Al tratarse de un método simplificado es más rápido. Las aplicaciones a utilizar son CE3X y CE3. En estos programas hay tres modalidades de introducción de datos:
1. Por la modalidad de conocidos: siempre que sea posible el técnico debe de elegir esta opción puesto que es la más exacta a la realidad. Es más lenta y más pesada, debido a que el técnico debe de obtener muchos datos referentes a la composición constructiva e instalaciones de la vivienda. No siempre es posible esta opción.
2. Por la modalidad de estimados: cuando faltan algunos datos que no permiten introducir por la modalidad de conocidos. El técnico debe de elegir esta opción, ya que conoce casi al completo la composición constructiva e instalaciones de la vivienda. Esta es la opción más generalizada, debido a que como arquitectos técnicos e ingenieros de edificación que somos, conocemos la legislación que había vigente en el momento de construcción, pudiendo estimar y justificar la tipología constructiva e instalaciones de la vivienda.
3. Por defecto: el propio programa establece un valor, es la opción mas desacertada y solo debe de elegirse cuando en realidad sea imposible obtener los datos suficientes para introducir por la modalidad de estimados. Perjudica seriamente la calificación puesto que le da la peor capacidad de aislamiento y rendimiento energético a los elementos constructivos e instalaciones. Como es de suponer, realizar certificaciones de esta forma reduce considerablemente el tiempo y por lo tanto el precio.
¿Por qué el cliente debe de elegir a un técnico que este formado en edificación, eficiencia y certificación energética que le garantice que realizará un estudio minucioso de su vivienda?
a. Porque clasificará su vivienda lo más aproximado a la realidad.
b. Porque le aconsejará sobre como reducir el consumo energético realizando el menor gasto económico e indicando cuando podrá amortizar la inversión.
c. Porque su vivienda se venderá acorde a las exigencias del mercado actuales y no en base a una calificación energética que no es real. Evitando problemas de carácter civil por reclamaciones de terceros. Una vivienda que se introducen los datos por la modalidad por defecto, obtendrá una peor calificación que por estimados. Esta acción repercutirá en el precio de venta de la vivienda. Quizás por querer ahorrar 100 euros, se pierdan 10.000 euros.
d. Porque en un futuro pagaremos un impuesto en función de la calificación energética que tengamos. Perjudicando económicamente a las letras más bajas (G, F,…). Al igual que pasa con los coches, los más contaminantes pagan más impuestos. El certificado energético tiene una validez de 10 años, suponiendo que la diferencia de impuestos entre la letra G y F, sea de 20 euros anuales, por 10 años son 200 euros perdidos.
Nosotros ofrecemos un estudio minucioso, tal y como exige la normativa. Garantizando la calidad del certificado energético obtenido.
El proceso correcto para certificar esas viviendas, es el siguiente:
- Consulta del técnico de la documentación existente que pueda existir para conocer con mayor exactitud la tipología constructiva de la vivienda (proyecto, libro del edificio, especificaciones técnicas, etc.)
- Desplazamiento del técnico para realizar la toma de datos de la vivienda.
- Toma de datos de la vivienda.
- Regreso del técnico al estudio.
- Introducción de los datos obtenidos en la visita en el programa informático elegido por el técnico.
- Impresión y encuadernación del certificado.
- En caso de que el cliente lo solicite, registro del certificado.
- Proporcionar al cliente el certificado firmado y registrado. Dependiendo de cada CCAA también se hará entrega de la etiqueta energética homologada una vez expedida.
Este proceso puede variar entre las 6 y 8 horas de trabajo. De esta forma puede comprobar la repercusión económica del técnico por cada hora de trabajo.
El certificado que ofrece arquitecline incluye:
- Certificado de calificación energética de la vivienda.
- Propuesta de medidas de mejora de la calificación energética de la vivienda. Analizadas desde el punto de vista técnico y económico.
- Análisis económico, opcional bajo petición del cliente. Descripción de los plazos de amortización de la aplicación de las medidas de mejora. (Deberá de proporcionar facturas de las energías primarias que consumen sus instalaciones.)
- Anexo de recomendaciones de mejora con el coste económico aproximado.
- Anexo fotográfico.
Hay dos procedimientos para certificar energéticamente los edificios:
- El procedimiento general: mayor exactitud en la calificación energética. Es mucho más laborioso obtener la calificación. El proceso puede doblar incluso triplicar el tiempo de obtención con respecto al procedimiento simplificado. La aplicación a utilizar es CALENER VYP Y CALENER GT.
- Procedimiento simplificado: menor exactitud en la calificación energética. Al tratarse de un método simplificado es más rápido. Las aplicaciones a utilizar son CE3X y CE3. En estos programas hay tres modalidades de introducción de datos:
1. Por la modalidad de conocidos: siempre que sea posible el técnico debe de elegir esta opción puesto que es la más exacta a la realidad. Es más lenta y más pesada, debido a que el técnico debe de obtener muchos datos referentes a la composición constructiva e instalaciones de la vivienda. No siempre es posible esta opción.
2. Por la modalidad de estimados: cuando faltan algunos datos que no permiten introducir por la modalidad de conocidos. El técnico debe de elegir esta opción, ya que conoce casi al completo la composición constructiva e instalaciones de la vivienda. Esta es la opción más generalizada, debido a que como arquitectos técnicos e ingenieros de edificación que somos, conocemos la legislación que había vigente en el momento de construcción, pudiendo estimar y justificar la tipología constructiva e instalaciones de la vivienda.
3. Por defecto: el propio programa establece un valor, es la opción mas desacertada y solo debe de elegirse cuando en realidad sea imposible obtener los datos suficientes para introducir por la modalidad de estimados. Perjudica seriamente la calificación puesto que le da la peor capacidad de aislamiento y rendimiento energético a los elementos constructivos e instalaciones. Como es de suponer, realizar certificaciones de esta forma reduce considerablemente el tiempo y por lo tanto el precio.
¿Por qué el cliente debe de elegir a un técnico que este formado en edificación, eficiencia y certificación energética que le garantice que realizará un estudio minucioso de su vivienda?
a. Porque clasificará su vivienda lo más aproximado a la realidad.
b. Porque le aconsejará sobre como reducir el consumo energético realizando el menor gasto económico e indicando cuando podrá amortizar la inversión.
c. Porque su vivienda se venderá acorde a las exigencias del mercado actuales y no en base a una calificación energética que no es real. Evitando problemas de carácter civil por reclamaciones de terceros. Una vivienda que se introducen los datos por la modalidad por defecto, obtendrá una peor calificación que por estimados. Esta acción repercutirá en el precio de venta de la vivienda. Quizás por querer ahorrar 100 euros, se pierdan 10.000 euros.
d. Porque en un futuro pagaremos un impuesto en función de la calificación energética que tengamos. Perjudicando económicamente a las letras más bajas (G, F,…). Al igual que pasa con los coches, los más contaminantes pagan más impuestos. El certificado energético tiene una validez de 10 años, suponiendo que la diferencia de impuestos entre la letra G y F, sea de 20 euros anuales, por 10 años son 200 euros perdidos.
Nosotros ofrecemos un estudio minucioso, tal y como exige la normativa. Garantizando la calidad del certificado energético obtenido.
martes, 11 de junio de 2013
Publicada las ayudas para el fomento de las instalaciones de energías renovables para la Región de Murcia.
Orden de 4 de junio de 2013, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación por la que se establecen las Bases Reguladoras y se convocan subvenciones a empresas, familias o personas físicas, instituciones sin fines de lucro y Corporaciones Locales con destino a la ejecución y explotación de proyectos de instalaciones de aprovechamiento de recursos energéticos renovables en las áreas eólica, solar fotovoltaica, biomasa/biogás, biocombustibles geotérmica, mini-hidráulica y eficiencia energética en el ejercicio 2013.
sábado, 8 de junio de 2013
Es imprescindible comprobar que el técnico certificador dispone de conocimientos en eficiencia energética.
Es imprescindible comprobar que el técnico certificador dispone de conocimientos en eficiencia energética y en el uso de los programas de certificación reconocidos por el Ministerio.
El actual Real Decreto 235/2013 sobre certificación energética establece las titulaciones técnicas competentes en materia para la certificación energética.
Pero realmente, ¿cualquier técnico competente está capacitado? Evidentemente NO.
Ser competente en materia no es sinónimo de estar capacitado.
Es necesario tener formación adicional para trabajar en este nuevo campo que ha surgido en España.
Por este motivo, desde este blog y desde el IDAE os informamos de que antes de encargar vuestra certificación energética, comprobéis que el técnico dispone de los conocimientos necesarios.

En arquitecline disponemos de dicha formación y capacidad. No te la juegues y elige un certificador que pueda garantizar un buen trabajo.
El actual Real Decreto 235/2013 sobre certificación energética establece las titulaciones técnicas competentes en materia para la certificación energética.
Pero realmente, ¿cualquier técnico competente está capacitado? Evidentemente NO.
Ser competente en materia no es sinónimo de estar capacitado.
Es necesario tener formación adicional para trabajar en este nuevo campo que ha surgido en España.
Por este motivo, desde este blog y desde el IDAE os informamos de que antes de encargar vuestra certificación energética, comprobéis que el técnico dispone de los conocimientos necesarios.

En arquitecline disponemos de dicha formación y capacidad. No te la juegues y elige un certificador que pueda garantizar un buen trabajo.
viernes, 31 de mayo de 2013
Mañana es el día en que entra en vigor la certificación energética deedificios
A falta de pocas horas para que entre en vigor el RD 235/2013 que establece la obligación de certificar la eficiencia energética de los edificios o partes de éstos que se sometan a publicidad para la venta o alquileres superiores a los cuatro meses. Disponemos de un poco más de información con respecto a esta nueva situación.
Las comunidades autónomas ya se están movilizando para crear los organismos de registro de estos certificados. Gracias al diario ELConfidencial y a CERTICALIA, tenemos información sobre el estado de los órganos de registro de las Comunidades Autónomas:
- Ya tienen su registro habilitado:
ANDALUCIA:
· Registro telemático por el cliente o el técnico autorizado por éste. No incluirá el pago de tasas.
· Documentación necesaria y registro: bit.ly/KHdF4z
· Una vez registrado se generará un documento de registro con un código de barras en el que aparecerá el número de registro.
· Información: Junta de Andalucía – Tel: 955-063-910
ASTURIAS:
· Registro presencial por el cliente o el técnico autorizado si éste va en representación del propietario. Incluirá pago de tasa aunque aún no está determinada la cuantía.
Lugar: Registro General de la Consejería de Economía y Empleo – Servicio d energías Renovables y Eficiencia Energética.
· Documentación necesaria: bit.ly/17J6rNx
· Una vez registrado devolverán copia del certificado son el número de registro y un justificante. Inicialmente no devuelven etiqueta.
· Información: Gobierno del Principado de Asturias – Tel: 985-106-666
BALEARES:
· Registro presencial por el cliente o el técnico sin autorización. Incluirá pago de tasa.
Tasa: 4,78 €
Lugar: Oficinas de unidad de información y trámite (UDIT)
· Documentación necesaria: bit.ly/14045EG
· Información: Dirección general de Industria y Energía – Tel: 971-176-300
· Una vez registrado devolverán en el acto copia del justificante de pago de tasa y vía email documento justificante del registro.
CANARIAS:
· Registro telemático por el técnico con autorización del propietario más copia del DNI. No incluirá el pago de tasas.
· Documentación y registro: bit.ly/13DYjd2
· Una vez realizado el registro devolverán un archivo .pdf con la etiqueta resultante.
· Información: Consejería de Empleo, Industria y Comercio– Tel: 928-899-400
CANTABRIA:
· Registro presencial y telemático, aunque éste último aún no está habilitado. Podrá realizarlo el cliente o el técnico, sin necesidad de autorización. No incluirá el pago de tasas.
Lugar: Dirección general de Innovación e Industria (Servicio de energía)
· Documentación necesaria: bit.ly/11XPGWC
· La primera vez que se realice el registro habrá que aportar copia compulsada por el colegio profesional del titulo universitario o del certificado del titulo.
· Una vez hecho el registro, en un plazo superior a 15 días, se devolverá, por correo postal, copia del certificado y etiqueta con el número de registro.
· Información: Servicio de Energía – Dirección General de Innovación e Industria – Tel: 942-200-033
CASTILLA LA MANCHA:
· Registro presencial y telemático aunque este ultimo no está habilitado. Puede realizarse por el propietario o técnico, no necesita autorización. Incluirá pago de tasas.
Tasa: 3€
Lugar: Oficinas de información y registro de cada provincia.
· Documentación necesaria y registro: bit.ly/1960OqD
· Una vez realizado el registro en el acto devuelven una copia de la solicitud sellada y en un plazo no especificado, por correo certificado, devuelven el certificado sellado junto con la etiqueta.
· Información: Dirección General de Industria, Energía y Minas – Tel: 925-267-800
CASTILLA Y LEÓN:
· Registro telemático por el técnico con autorización del propietario a través de una de “hoja de encargo”.
· Documentación necesaria: bit.ly/11ZFPEF
· Registro: bit.ly/11hHmCa
· Una vez realizado el registro enviarán vía email la etiqueta con el número de registro.
· Información: Dirección General de energía y minas – Tel: 987-808-315
CATALUÑA:
· Registro telemático por el técnico se necesita autorización que se descargará de la web. No incluirá el pago de tasas.
· Documentación necesaria y registro: bit.ly/ZLrKck
· Una vez realizado el registro en un plazo menor a cinco días, el técnico recibirá por correo electrónico un archivo .pdf con la etiqueta y el número de registro.
· Información: Institut Català d’Energia (ICAEN) – Tel: 93-622-05-00
COMUNIDAD VALENCIANA:
· Registro exclusivamente telemático realizado por el propietario o el técnico con autorización del propietario. No incluirá el pago de tasas.
· Documentación necesaria y registro telemático: bit.ly/1409kV2
· Una vez realizado el registro en el ato devolverán un código de registro que podrá comprobarse en el registro publico de registro. En ese registro público podrán descargarse la etiqueta.
· Información: IVACE- Energía (Agencia Valenciana de la energía) – Tel: 963-427-900
EXTREMADURA:
· Registro presencial por el propietario del edificio o persona que lo represente., sin necesidad de autorización. Incluirá el pago de tasas.
Tasa: 22,45€
Lugar: Consejería de agricultura, desarrollo rural, medio ambiente y energía-Servicios de incentivos agroindustriales y energía.
· Documentación necesaria: bit.ly/14ZBvSR
· Una vez registrado en el acto se devolverá una copia de la solicitud registrada y en un plazo que aún no es seguro, enviarán al propietario el certificado sellado y la etiqueta.
· Información: Consejería de agricultura, desarrollo rural, medio ambiente y energía-Servicios de incentivos agroindustriales y energía – Tel: 924-003-343
GALICIA:
· Registro telemático por el cliente o el técnico autorizado por éste último. Incluirá el pago de tasas en función al tipo de uso del edificio.
Tasas: 5€ más :
- Unifamiliar/piso indiv.: 0,08€ m2 constr.
- Edificio de viviendas: 0,04€ m2 constr.
- Otros usos: 0,05€ m2 constr.
· Documentación necesaria y registro: bit.ly/10eHNC0
· Información: Consellería de economía e industria – Dirección xeral de industria, enerxía e minas – Tel: 981-957-436
LA RIOJA:
· Registro telemático por el cliente o técnico, no se necesita autorización por parte del cliente. No incluye el pago de tasas.
· Documentación y registro: bit.ly/15ZmyTa
· Una vez se ha efectuado el registro el sistema devuelve la etiqueta de eficiencia energética, con el sello y registro de la Comunidad Autónoma. Todo se genera en el instante que se realiza la inscripción.
· Información: Gobierno de La Rioja – Tel: 941-291-711
MADRID:
· Registro telemático por el técnico con autorización escrita del propietario. No incluirá el pago de tasas.
· Documentación: bit.ly/11cVmfb
· Registro: bit.ly/15ZnVS0
· Información: Consejería de Economía y Hacienda – D.G. de Industria, Energía y Minas – Tel: 915-802-100
MURCIA:
· Registro presencial y telemático por el propietario, aunque éste último aún no esté habilitado. Incluirá el pago de tasas.
Tasa: 7,57€, sólo durante 2013
Lugar: Dirección general competente en materia de energía (Industria)
· Documentación y registro: bit.ly/16xU8AF
· Una vez registrado en el acto devolverán una copia del certificado sellada on el numero de registro asignado.
· Información: Dirección General de Energía – Tel: 968-362-013
NAVARRA:
· Registro telemático por el propietario o el técnico, sin necesidad de autorización por parte del propietario, sólo la solicitud firmada por la persona que realice el registro. No incluirá el pago de tasas.
· Documentación y registro: bit.ly/10eN1h6
· Una vez registrado, al día siguiente en la misma web podrá consultarse y descargarse la etiqueta con el número de registro correspondiente.
· Información: Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industria – Tel: 948 136 591
PAIS VASCO
· Registro telemático por el propietario o el técnico, se necesita autorización por parte del propietario. No incluirá el pago de tasas.
· Documentación y registro: bit.ly/18Lq0VU
· Una vez registrado, y si el certificado es aprobado, el propietario o certificador recibirá comunicación de la delegación. Para acceder a esa comunicación basta con acceder al mismo moóulo donde se realizó el registro.
· Información: Información: EVE – Tel: 944-035-600
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